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Decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica

El Ejecutivo Nacional, publicó en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.606, Decreto N° 4.396 de fecha 26 de diciembre de 2020, “Decreto Estado de Excepción y de Emergencia Económica”, en concordancia con los artículos 337, 338 y 339 de la Constitución de Venezuela, declarando Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional con fundamento en circunstancias extraordinarias de orden social, económico y político, que afectan gravemente la economía nacional, el orden constitucional, la paz social, la seguridad de la nación, las instituciones públicas y los ciudadanos. La finalidad del Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica es que el Ejecutivo Nacional, adopte las medidas oportunas, excepcionales y extraordinarias, para asegurar el disfrute pleno de los derechos de la población, preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes y servicios fundamentales y otros productos esenciales para la vida. Es importante destacar que no es el primer Decreto, han sido 31 entre Decretos y prórrogas, que han sido modificados de acuerdo a las circunstancias del país. Conforme a lo establecido en el art. 339 de la CRBV el presente Decreto debe ser sometido a la Asamblea Nacional y remitido a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), para que se pronuncie sobre su constitucionalidad. Pasamos de seguida a enlistar los Decretos de Estado de Excepción y de Emergencia Económica, dictados por el Ejecutivo desde el año 2016:

Número de Decreto

Estado de Excepción y de Emergencia Económica Medidas de Excepción
Decreto N° 2.184 (Gaceta Oficial N° 6.214 Extraordinario, de fecha 14 de enero de 2016) Decreto de Estado de Emergencia Económica 11
Decreto N° 2.270 (Gaceta Oficial N° 6.219 Extraordinario, de fecha 11 de marzo de 2016) Prórroga del Decreto de Estado de Emergencia Económica
Decreto N° 2.323 (Gaceta Oficial N° 6.227 Extraordinario, de fecha 13 de mayo de 2016) Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica 18
Decreto N° 2.371 (Gaceta Oficial N° 40.942, de fecha 12 de julio de 2016) Prórroga del Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica
Decreto N° 2.452 (Gaceta Oficial N° 6.256 Extraordinario, de fecha 13 de septiembre de 2016) Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica 18
Decreto N° 2.548 (Gaceta Oficial N° 6.272 Extraordinario, de fecha 13 de noviembre de 2016) Prórroga del Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica
Decreto N° 2.667 (Gaceta Oficial N° 41.074, de fecha 13 de enero de 2017) Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica 23
Decreto N° 2.742 (Gaceta Oficial N° 41.112, de fecha 13 de marzo de 2017) Prórroga del Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica
Decreto N° 2.849 (Gaceta Oficial N° 6.298 Extraordinario, de fecha 13 de mayo de 2017) Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica 24
Decreto N° 2.987 (Gaceta Oficial N° 41.192, de fecha 13 de julio de 2017) Prórroga del Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica
Decreto N° 3.074 (Gaceta Oficial N° 41.233, de fecha 11 de septiembre de 2017 y reimpreso por fallas en el texto original en la Gaceta Oficial N° 41.237, de fecha 15 de septiembre de 2017) Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica 25
Decreto N° 3.157 (Gaceta Oficial N° 41.276, de fecha 10 de noviembre de 2017). Prórroga del Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica
Decreto N° 3.239 (Gaceta Oficial N° 6.356 Extraordinario, de fecha 09 de enero de 2018) Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica 25
Decreto N° 3.308 (Gaceta Oficial N° 41.357, de fecha 09 de marzo de 2018) Prórroga del Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica
Decreto N° 3.413 (Gaceta Oficial N° 41.394, de fecha 10 de mayo de 2018) Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica 25
Decreto N° 3.503 (Gaceta Oficial N° 41.435, de fecha 09 de julio de 2018) Prórroga del Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica
Decreto N° 3.610 (Gaceta Oficial N° 41.485, de fecha 19 de septiembre de 2018) Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica 36
Decreto N°3.655 (Gaceta Oficial N° 41.521, de fecha 9 de noviembre de 2018) Prórroga del Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica
Decreto N° 3.736 (Gaceta Oficial N° 6.424 Extraordinario, de fecha 11 de enero de 2019) Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica 36
Decreto N° 3.779 (Gaceta Oficial N° 6.433 Extraordinario, de fecha 12 de marzo de 2019) Prórroga del Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica
Decreto N° 3.844 (Gaceta Oficial N° 6.456 Extraordinario, de fecha 10 de mayo de 2019) Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica 35
Decreto N° 3.906 (Gaceta Oficial N° 6.464 Extraordinario, de fecha 9 de julio de 2019) Prórroga del Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica
Decreto N° 3.980 (Gaceta Oficial N° 6.464 Extraordinario, de fecha 7 de septiembre de 2019) Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica 35
Decreto N° 4.019 (Gaceta Oficial N° 6.487 Extraordinario, de fecha 6 de noviembre de 2019) Prórroga del Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica
Decreto N° 4.090 (Gaceta Oficial N° 6.501 Extraordinario, de fecha 5 de enero de 2020) Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica 35
Decreto N° 4.145 (Gaceta Oficial N° 6.515 Extraordinario, de fecha 4 de marzo de 2020) Prórroga del Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica
Decreto N° 4.194 (Gaceta Oficial N° 6.534 Extraordinario, de fecha 4 de mayo de 2020) Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica 35
Decreto N° 4.242 (Gaceta Oficial N°6.551 Extraordinario,de fecha 02 de julio de 2020) Prorroga de Estado de Excepción y de Emergencia Económica
Decreto N° 4.275 (En Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.568 de fecha 30 de agosto de 2020) Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica 35
 Decreto número 4.358 (Gaceta Oficial N° 6.587 Extraordinaria, de fecha 28 de octubre de 2020) Prorroga de Estado de Excepción y de Emergencia Económica
Decreto N° 4.396 (Gaceta Oficial N° 6.606 Extraordinario, de fecha 26 de diciembre de 2020) Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica 35
El presente Decreto contiene un listado de 35 medidas, las cuales las hemos dividido en los diferentes sectores: Programas Sociales: I) La organización de procesos de centralización, control y seguimiento que perfeccionen el acceso a los programas sociales y asignar los recursos financieros que fueren necesarios; II) La creación e implementación de subsidios y otros beneficios de carácter directo a los sectores sociales más vulnerables. La exoneración de impuestos y tasas: I) Facultar a la Administración Tributaria para reajustar la Unidad Tributaria (U.T.), II) Autorizar a la Oficina Nacional del Tesoro para que capte recursos fiscales y parafiscales asignados a organismos que administren o detenten el control de los mismos. III) Establecer sistemas de exoneración de impuestos y tasas a la importación de bienes de capital y materia prima. IV) La autorización de operaciones de comercialización y distribución de bienes y servicios en las zonas fronterizas, bajo régimen fiscal especial. Soberanía y Defensa Nacional: I) Diseñar y ejecutar planes especiales en contra de las acciones que atenten a la paz de la Nación, la seguridad personal y el resguardo de las instalaciones y bienes públicos y privados. II) Medidas excepcionales dirigidas a proteger a los venezolanos, así como la República, frente a medidas coercitivas unilaterales ejecutadas por Poderes Públicos de otros Estados, o por autoridades de organismos multilaterales. III) Medidas especiales en respuesta a la injerencia de otros Estados en contra de funcionarios y ciudadanos venezolanos. Criptoactivos: I) Dictar medidas que permitan la incorporación al sistema económico nacional de criptoactivos. II) Dictar medidas extraordinarias que permitan a la autoridad nacional con competencia en materia de criptoactivos, garantizar la estabilidad y sostenibilidad del registro de operaciones digitales, distribuida y soportada en principios criptográficos así como sus formas de incorporación en los mecanismos de intercambio en el Sistema Criptoeconómico Nacional. III) La Implementación de acciones que promuevan la usabilidad de criptoactivos en el Territorio Nacional como mecanismo de intercambio. Sistema Financiero: I) Disponer de los recursos provenientes de las economías presupuestarias declaradas por los órganos y entes de la República al cierre del Ejercicio Económico Financiero. II) Autorizar erogaciones con cargo al Tesoro Nacional, esquema de pago alternativo y otras fuentes de financiamiento que no estén previstas en el Presupuesto Anual. III) Dictar medidas extraordinarias que permitan a la autoridad monetaria nacional agilizar y garantizar la importación, distribución y disponibilidad oportuna de las monedas y billetes de curso legal. IV) Implementar mecanismos financieros y esquema de pago alternativo para fortalecer la capacidad de pago, ahorro y fortaleza financiera de la autoridad monetaria nacional. V) implementación de medidas especiales de incentivo a los sectores productivo, industrial, comercial y de servicios que promuevan la inversión privada de empresarios nacionales, con divisas propias.  VI) Dictar las normas que, excepcionalmente y sin sometimiento alguno a otro Poder Público, autoricen las operaciones de crédito público, sus reprogramaciones y complementos, que regirán para el Ejercicio Económico Financiero 2020; así como las que permitan ampliar los montos máximos de endeudamiento que podrá contraer la República durante el Ejercicio Económico Financiero 2020. VII) Dictar las normas que, excepcionalmente y sin sometimiento alguno a otro Poder Público, autoricen los límites máximos de recursos y egresos de la República Bolivariana de Venezuela, de los entes descentralizados funcionalmente y de los entes político territoriales con regímenes presupuestarios especiales, que regirán para el Ejercicio Económico Financiero 2020. VIII) Instruir el redireccionamiento de recursos disponibles en Fondos Especiales, producto de la gestión de los institutos públicos, servicios desconcentrados y demás organismos que administren o detenten el control, para el financiamiento de actividades de urgente realización. Producción y Distribución: I) Establecer regulaciones necesaria para garantizar en el sector Agroalimentario la producción y distribución de los rubros considerados como estratégicos. II) Conformar estructuras organizativas y dictar regulaciones para la realización de procedimientos que garanticen la producción y distribución de alimentos, materia prima, productos e insumos del sector agroproductivo, industrial, agroalimentario, farmacéutico, de higiene personal y aseo del hogar. III) La formulación e implementación de mecanismos especiales de supervisión, control y seguimiento, de procura, obtención y suministro de la materia prima, producción de los rubros esenciales, fijación de precios, comercialización y distribución de los productos estratégicos necesarios para la agroproducción, alimentación, salud, aseo e higiene personal.
  1. IV) La activación, potenciación y optimización del funcionamiento de un Sistema de Determinación de Costos, Rendimiento, Precios Justos, y Precios Acordados. V) El establecimiento de un marco regulatorio que permita, a través del sector bancario y de valores, el financiamiento de proyectos del sector agroindustrial.VI) La implementación de políticas integrales que garanticen la evaluación, seguimiento, control, protección y resguardo de los productos, bienes y servicios del sistema agroindustrial nacional; así como, el de producción, almacenamiento, distribución y comercialización de alimentos, fármacos, productos de higiene personal, aseo del hogar y del sistema eléctrico nacional. VII) La formulación e implementación de mecanismos que viabilicen la cooperación de los entes públicos, privados y del Poder Popular, en función de ampliar los canales de distribución oportuna de alimentos y fármacos. VIII) El establecimiento de normas regulatorias que permitan la implementación inmediata de medidas productivas de agricultura urbana en los espacios públicos o privados, ubicados en los centros urbanos, que se encuentren libres, ociosos, subutilizados o abandonados. IX) La determinación de rubros prioritarios para las compras del Estado, o categorías de éstos, y la asignación directa de divisas para su adquisición, en aras de satisfacer las necesidades más urgentes de la población y la reactivación del aparato productivo nacional.
Régimen Cambiario: I) La autorización de operaciones de comercialización y distribución de bienes y servicios en las zonas fronterizas, bajo regímenes especiales monetarios, cambiarios y de seguridad integral. II) Conformar estructuras organizativas que garanticen el oportuno y equilibrado acceso al sistema cambiario; y dictar las regulaciones efectivas, que impidan las campañas de desestabilización y distorsión a la economía. Contratación de Bienes: I) El establecimiento de los lineamientos que correspondan en materia de procura nacional o internacional de bienes o suministros esenciales para garantizar la salud, la alimentación y el sostenimiento de servicios públicos esenciales, en el marco de acuerdos comerciales o de cooperación que favorezcan a la República, mediante la aplicación excepcional de mecanismos expeditos de selección de contratistas y su ulterior contratación. II) La planificación, coordinación y ejecución de la procura nacional e internacional urgente de bienes o suministros esenciales para garantizar el normal desenvolvimiento del sistema eléctrico nacional, acueductos e infraestructura afecta a servicios públicos. III) Aprobar y suscribir sin sometimiento a autorizaciones o aprobaciones de otros Poderes Públicos, contratos de interés público y sus enmiendas, para la obtención de recursos financieros, asesorías técnicas o aprovechamiento de recursos estratégicos. Vigencia: El Decreto tendrá una vigencia de 60 días, prorrogables por 60 días más, contados a partir del 26 de diciembre de 2020.