Fernandez-Concheso

Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI) activa plan de atención a usuarios durante la cuarentena

   En Vista del Decreto N° 4.160, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N°6.519 de fecha 13 de marzo de 2020, mediante el cual se declara el Estado de Alarma para atender la emergencia COVID19, el Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI) emitió un Aviso Oficial identificado como DG005/2020 de fecha 24 de abril de 2020, en el cual se acuerda un conjunto de medidas con el fin de garantizar el acceso y continuidad del sistema de propiedad intelectual, las mismas tienen un carácter excepcional y temporal, y tendrán vigencia hasta que se levante el Estado de Alarma.

Las medidas tomadas son:

a) Se habilita la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (taquilla virtual), mediante los correos electrónicos recepcionvirtual@sapi.gob.ve y recepcionvirtualsapi@gmail.com, con la finalidad de recibir en formato electrónico las solicitudes de registro de:

  • Signos distintivos (Marcas, lemas comerciales, denominaciones comerciales).
  • Cambios posteriores al registro (Cambio de domicilio, cambio de nombre, fusión, cesión, licencias de uso).
  •  Patentes.
  •  Derechos deAutor.

La planilla de solicitud será recibida en formato electrónico/digital, y deberá estar acompañada de los requisitos esenciales en un único archivo en formato PDF, la presentación de los documentos originales se hará una vez se levante el Estado de Alarma.

Es importante resaltar que la flexibilización anterior no suprime la vigencia de las exigencias legales en relación a los documentos notariados, apostillados, legalizados y/o traducidos al español en los casos que aplique.

Todos los requisitos necesarios para iniciar los procedimientos de registro de Marcas, Patentes y Derecho de autor se encuentran en la dirección electrónica www.sapi.gob.ve.

Así mismo la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (taquilla virtual) emitirá respuesta automática con el estado de la solicitud, se tendrá en cuenta las disposiciones de la Ley de Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas a los fines de garantizar el derecho de prelación.

b) A través del portal www.sapi.gob.ve, se restablece la prestación del servicio de búsquedas de antecedentes.

c) Se permiten el pago de las obligaciones prevista en las leyes, mediante transferencias electrónicas del mismo banco a las cuentas del Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual en la Banca Nacional.

d) Se coloca a disposición de los usuarios las cuentas a nombre del SERVICIO AUTÓNOMO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de Información Fiscal (RIF) G-20008399-9, para el pago mediantes transferencias electrónicas del mismo banco, de los conceptos derivados de “Orden de Publicación en prensa” y “Concesión de Registro” correspondientes al Boletín N° 600.

Igualmente expresa que los lapsos del Boletín de la propiedad industrial N°600, continúan suspendidos según lo dispuesto enAviso Oficial N° RPI-004-2020.

e) Se habilita el correo electrónico agentesexternos@sapi.gob.ve para que los Agentes de la Propiedad Industrial puedan llevar a cabo la actualización de sus credenciales y solicitud del carnet de Agente de la Propiedad Industrial. Se debe adjuntar copia simple del carnet o constancia de inscripción ante el colegio que agrupe a la profesión de abogado y/o economista y Constancia de pago del servicio.

Igualmente el Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual para brindar el apoyo y asesoría necesaria, coloca a disposición de todos los usuarios el correo electrónico centro.documentacion@sapi.gob.ve, el número telefónico 0424-461-22-20 en el cual serán atendidos en horario corrido de lunes a viernes de 8:30am a 3:30pm.

Para cualquier consulta, no dude en contactarnos.

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