Después de que en fecha 13 de marzo de 2020, el Ejecutivo dictara el Decreto Nº 4.160 declarando el Estado de Alarma en todo el territorio nacional como consecuencia de la epidemia COVID-19, la Administración Tributaria ha instado a los contribuyentes para que continúen cumpliendo con sus obligaciones tributarias. Sin embargo, a muchos de ellos se les ha dificultado cumplir, trayendo como consecuencia la incursión en ilícitos tributarios de carácter formal y/o material, siendo los más comunes los enumerados a continuación:
Ilícito por falta de presentación oportuna de las declaraciones o presentarlas con un retraso superior a un (1) año, será sancionado con la clausura de la oficina, local o establecimiento, en caso de poseerlo, por un plazo de diez (10) días continuos. Además, multa del equivalente a ciento cincuenta (150) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, publicado por el Banco Central de Venezuela.
Ilícito por retraso u omisión en el pago de tributos o de sus porciones.
A) Pago con retraso en el término de 1 año, contado desde la fecha en que debió cumplir la obligación. Sanción de 0,28% del monto adeudado por cada día de retraso hasta un máximo de 100%.
B) Pago fuera del término de 1 año, contado desde la fecha en que debió cumplir la obligación. Sanción de 50% del monto adeudado.
C) Pago fuera del término de 2 años, contados desde la fecha en que debió cumplir la obligación. Sanción de 150% del monto adeudado.
Omisión de pago de anticipos. Sanción del 100% de los anticipos omitidos.
Retraso del pago de anticipos. Sanción del 0,05% de los anticipos omitidos por cada día de retraso hasta un máximo del 100%.
Incumplimiento por enterar las cantidades retenidas o percibidas fuera del plazo establecido. Sanción del 5% de los tributos retenidos o percibidos, por cada día de retraso en su enteramiento, hasta un máximo de 100 días.
Los ilícitos mencionados son enumerados sin perjuicio de excepciones, eximentes de responsabilidad o circunstancias atenuantes a que haya lugar, atendiendo a cada caso en particular.
Si tiene alguna consulta, por favor contáctenos al correo: mariana.branz@clydeco.com.ve.