Fernandez-Concheso

Boletín Especial

Quinta Prórroga del Decreto de Estado de Alarma

  El pasado 08 de agosto de 2020 fue publicado en la Gaceta Oficial N°6.560 Extraordinario, el Decreto Presidencial N° 4.260 de la misma fecha, mediante el cual se prorroga por treinta (30) días, el plazo establecido en el Decreto N° 4.247 del 10 de julio de 2020, en  el que fue decretado el Estado de Excepción de Alarma en todo el Territorio Nacional, a  fin que el Ejecutivo Nacional adopte las medidas urgentes, efectivas y necesarias, para mitigar y erradicar los riesgos de epidemia relacionados con el coronavirus (COVID-19) y sus posibles cepas.

  Recordemos que el Decreto 4.198 establece que la Comisión Presidencial para la Prevención y Control del Coronavirus, es el órgano rector para la implementación del Estado de Alarma, y así mismo, dicta una serie de medidas inmediatas de prevención, medidas concurrentes en caso de riesgo de contagio, sospecha de contagio o contagio efectivo, y faculta al Presidente de la República para que dicte otras medidas de orden social, todo esto con la finalidad de proteger y garantizar los derechos a la vida, salud, alimentación, seguridad, entre otros.