Fernandez-Concheso

Exoneración del pago de Impuesto sobre la Renta para personas naturales

En el marco de las medidas que está tomando el Ejecutivo para proteger a los venezolanos de las actuales circunstancias que los afectan como consecuencia de la pandemia mundial COVID-19 o Coronavirus, fue publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.523 Extraordinario de fecha 2 de abril de 2020, el Decreto Nº 4.171, mediante el cual se exonera del pago del Impuesto sobre la Renta, el enriquecimiento anual de fuente territorial, obtenido por las personas naturales residentes en el país, durante el período fiscal del año 2019, cuyo salario normal o ingreso proveniente del ejercicio de su actividad, al cierre de dicho período no supere el monto equivalente a tres (3) salarios mínimos vigentes al 31 de diciembre de 2019, o a la cantidad de Bs.450.000,00.

Las personas naturales residentes en el país que antes del 2 de abril de 2020, fecha de la entrada en vigencia del Decreto Nº 4.171, hayan declarado y pagado total o parcialmente el Impuesto sobre la Renta (“ISLR”) proveniente del enriquecimiento anual de fuente territorial obtenido en el ejercicio fiscal 2019, serán acreedores de créditos fiscales hasta por el monto pagado, y que podrán ser utilizados y aplicados en los ejercicios fiscales posteriores.

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